Nueva ley en Louisiana permite polarizado más oscuro en autos

Una nueva ley en Louisiana autoriza vidrios más oscuros en las ventanas frontales de los vehículos. La medida baja la transmisión de luz permitida del 40% al 25%.

Credito de Imagen : army.mil

A partir del próximo mes, los residentes de Louisiana podrán utilizar vidrios polarizados más oscuros en las ventanas delanteras de sus vehículos, gracias a una nueva ley que modifica las restricciones vigentes desde hace décadas.

Se reduce el nivel de transmisión de luz al 25%

La Ley 143, patrocinada por el representante estatal Daryl Deshotel (republicano por Marksville), fue aprobada con amplio apoyo en la legislatura estatal. La nueva normativa reduce el nivel mínimo de transmisión de luz permitida en las ventanas laterales delanteras de 40% a 25%, alineándola con los límites ya vigentes para las ventanas laterales traseras.

El límite para las ventanas traseras permanece en 12%, mientras que el parabrisas frontal continúa sujeto a restricciones estrictas: no se permite ningún tipo de polarizado en la mayoría de su superficie, excepto en franjas específicas autorizadas por ley.

Motivación personal detrás de la ley

El representante del Estado de Lousiana, Daryl Deshotel, explicó que presentó la propuesta luego de que su hija comenzara a tomar un medicamento que la hace más sensible a la luz solar. “Quería instalarle un polarizado más oscuro en su auto para protegerla, pero la ley no lo permitía”, comentó en una audiencia previa a la votación del proyecto.

La nueva disposición busca brindar mayor flexibilidad a los conductores, especialmente aquellos con condiciones médicas que requieren protección adicional contra la exposición solar.

¿Requisitos de la nueva normativa (Acta 143 de 2025)?

A continuación, te presentamos un resumen informativo sobre esta nueva disposición y una tabla comparativa con los requisitos actualizados que todo conductor debe conocer para evitar sanciones y circular legalmente en el estado.


  • Ventanas laterales delanteras (conductor y pasajero): deben permitir al menos un 25 % de transmisión de luz visible (VLT), reduciendo el mínimo desde el anterior 40 %.
  • Ventanas laterales traseras: continúa requiriéndose al menos un 25 % de VLT
  • Luneta trasera (parabrisas trasero): permitido hasta un mínimo de 12 % de VLT
  • Parabrisas frontal: solo se permite film no reflectante sobre la línea AS‑1 del fabricante o los 5 inches superiores; no hay cambios respecto al reglamento previo
  • Reflectividad máxima: el tintado no debe reflejar más del 20 % de la luz incidente (LRV), tanto en ventanas delanteras como traseras.
  • Exenciones médicas: se mantienen; personas con condiciones que requieren mayor protección solar pueden obtener una exención médica y colocar el adhesivo correspondiente .
  • Vehículos oficiales o multipropósito: quedan exentos de los límites de VLT en ventanas traseras y luneta, así como ciertos vehículos fabricados antes de 1994 que cuentan con certificación especial .

Resumen de

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